Guia de Servicios y Tramites, Diputación Provincial de Almería
IMPLANTACIÓN DE PROCESOS TELEMÁTICOS NORMALIZADOS
Descripción:
Este servicio, posibilita a las Entidades Locales de la provincia de Almería, solicitar la asistencia de los Servicios Técnicos de Diputación, para la implantación, en su Oficina Virtual, de los procesos telemáticos normalizados, que sean de su interés.

La relación de los Procesos Telemáticos Normalizados y sus características, serán publicados en el Portal de la Red Provincial (www.rpc.almeria.es).

Si una Entidad necesita asistencia para la implantación de un proceso que no esté en la relación de procesos normalizados, deberá solicitar previamente su normalización, siguiendo el procedimiento siguiente:
· Un grupo de trabajo formado por el personal de Diputación y, en su caso, de la Entidad o Entidades proponentes del nuevo proceso o modificación del existente, elaborará la propuesta inicial del proceso.
· Propuesta inicial que será remitida a COSITAL Almería para que la homologue o proponga cambios.
· Si COSITAL propone cambios, se aceptarán sin más, o se convocará una reunión con el personal que haya redactado la propuesta inicial para que resuelvan de común acuerdo.
· Si transcurre un mes sin que COSITAL se haya pronunciado, se entenderá informado favorablemente y se aprobará sin más trámite.
· Los procesos homologados por COSITAL, serán implementados en la Oficina Virtual por el personal técnico de la Diputación, actualizándose la oferta de Procesos Telemáticos Normalizados publicada en la Sede Electrónica de Diputación.
(Resolución 2011/1848, de 20-12 y Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019). En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica
Destinatarios: 
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Dependencias Internas
Requisitos exigibles:  
Los órganos de la Diputación Provincial deberán estar autorizados para utilizar este servicio. Los Entes Locales deberán haber solicitado los servicios de la Red Provincial.

Es necesario haber solicitado el Servicio y tener activos los siguientes servicios:
· Conexión a la Red Provincial de Comunicaciones.
· Alojamiento de Aplicaciones y Bases de Datos en Sistemas de la Red Provincial, con habilitación de las aplicaciones de Registro de Entrada con Oficina Telemática y Tramitador, así como de cualquier otra que fuera necesaria para la implantación del proceso normalizado de que se trate.
· Servicio de Carpeta Ciudadana en la Red Provincial (Oficina Virtual en Internet).
Asimismo, deberán haber aprobado y publicado formalmente en el BOP el correspondiente Reglamento de Administración Electrónica, compatible con los sistemas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Red Provincial.
Anualmente, si el servicio implica gasto, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la financiación de los mismos, de conformidad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente.
Documentación Complementaria:
La Entidad deberá solicitar el servicio indicando: -Entidad solicitante. -Nombre y datos de contacto, de la persona que se designe coordinador del servicio. Persona que deberá contar con el correspondiente ID Personal de la Red Provincial registrado y que en lo sucesivo podrá solicitar la implantación de cualquier nuevo proceso, modificación o baja de los ya implantados. -Asimismo deberá indicar la denominación del proceso o procesos concretos normalizados que se solicita implantar -Documentación e información complementaria que sea necesaria para la implantación solicitada, de conformidad con lo que se especifique el catálogo de procesos normalizados. Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto en su caso, al Área de Personal y Régimen Interior. Servicio de Régimen Interior.
¿Cuándo solicitar? :  
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
1 mes
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
Inicialmente, la utilización de éste servicio, no comporta coste alguno para la entidad usuarias que soliciten su utilización. No obstante, dado que se prevé la posibilidad futura de ampliar la lista de aplicaciones concretas disponibles. En el supuesto de que alguna pudiera implicar coste para los entes que las utilicen, previamente deberá informar la Comisión Permanente y dictarse la correspondiente resolución con el preceptivo informe de la Intervención Provincial caso de suponer un gasto para la Diputación Si una Entidad Adherida quisiera implantar un proceso no normalizado, deberá soportar los gastos que ello pudiera originar.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE R. INTERIOR . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 171
Fax: 950 211 194
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
Por cada Proceso Homologados disponible, existirán condiciones específicas para su implantación, por lo que una vez solicitado este Servicio y nombrado el coordinador o coordinadores correspondientes, éstas personas podrán ir solicitando e implantando uno a uno los procesos concretos según las prioridades y condiciones de la respectiva Entidad, de conformidad con la información que, a continuación se facilita por cada proceso.

Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Para el supuesto de que alguna Entidad usuaria quisiera dejar de utilizar el presente servicio o alguna opción que, en su caso supusiera gasto, deberá comunicarlo con un mes de antelación. La gestión de altas y bajas de opciones que no impliquen gasto se harán directamente, de conformidad con lo que el respectivo coordinador solicite mediante correo electrónico firmado con certificado de la Red Provincial.

De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL



VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- - Resolución 2011/1848, de 20-12.
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE INFORMATICA

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